Anticipos

Anticipos

Este beneficio tiene el propósito de auxiliar, exclusivamente, a aquellos asociados que no disponen de los medios económicos necesarios para solventar o mitigar la situación que se les presenta por problemas de salud o discapacidad.

Rango por edad Monto máximo de anticipo por asociado

Entre 30 años y menos de 35 años

553.000,00

Entre 35 años y menos de 50 años

1.330.000,00

Entre 50 años y menos de 60 años

1.668.000,00

De 60 años y más

2.450.000,00

Condiciones generales

  • Haber cotizado para el sistema mutual un mínimo de 120 cuotas (10 años).
  • Haber formalizado el expediente de seguro mutual (formulario designación de beneficiarios).
  • Estar al día con sus obligaciones con la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional, lo que incluye: póliza mutual, créditos, fianzas y codeudas.
  • Presentarse de manera personal a oficinas centrales o cualquiera de nuestras sucursales a realizar una entrevista preliminar y entregarle la lista de requisitos para el trámite.
  • Los gastos por atención médica serán aprobados únicamente cuando no sean cubiertos por la Caja Costarricense de Seguro Social.
  • La suma máxima por asociado es acumulativa y no independiente.
  • El trámite de las solicitudes estará en función de la disponibilidad presupuestaria de la institución y del análisis socioeconómico respectivo.

Planes de atención

  • Plan Gastos Médicos

    Para aquellos asociados que estén sometidos a un tratamiento médico especializado en la Caja Costarricense de Seguro Social (C.C.S.S.) y requieran de servicios médicos adicionales como: cirugías y/o tratamientos de urgencia, medicamentos, rehabilitación, prótesis corporales y otros aditamentos necesarios no suministrados por la Institución.

    Adicionalmente, se contempla a los asociados que se encuentren con un tratamiento médico especializado en la Caja Costarricense de Seguro Social (C.C.S.S.) y deban ser enviados al exterior para continuarlo y para ello requieran de recursos económicos adicionales que aquella Institución no suministre.

    No se considera dentro del beneficio los gastos por servicios o tratamientos médicos realizados previo a la solicitud de anticipo especial, ni aquellos que se consideran de carácter estético. Se exceptúan aquellas cirugías que por la edad y/o el estado de salud del asociado se consideren de emergencia. La solicitud deberá presentarse en un plazo máximo de 90 días naturales, a partir de la fecha de su realización.

  • Plan Vulnerabilidad

    Aquellos asociados que presenten algún tipo de discapacidad permanente o un estado de vulnerabilidad, debidamente comprobados y sus ingresos sean insuficientes para cubrir sus necesidades alimentarias.

  • Anticipo por Enfermedad Terminal

    El asociado, indistintamente de su edad, que se encuentre en fase terminal, podrá solicitar un anticipo especial. Su monto será de ¢2 800 000,00 (dos millones ochocientos mil colones), que será desembolsado en dos tractos iguales.

    Condiciones generales

    • Haber cotizado al menos treinta y seis primas consecutivas para la póliza mutual.
    • Haber formalizado su expediente de Seguro Mutual.
    • Estar al día en sus obligaciones con la Sociedad (póliza mutual, créditos, fianzas y codeudas). Se exceptúan, según análisis técnico de Trabajo Social, aquellos asociados que mantengan créditos atrasados con la Sociedad y requieran el anticipo para atender necesidades que se le presentan.
    • Aportar certificado médico extendido exclusivamente por la Caja Costarricense del Seguro Social, en el que se haga constar la enfermedad que padece, así como que se encuentra en estado terminal.
Dispositivos

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